¿INOCENTES O CULPABLES? PRESOS SIN SENTENCIA PERMANECEN POR AÑOS EN DETENCIÓN PREVENTIVA 

El sistema penal aplica la detención preventiva como regla general y la sociedad sobrepone el deseo de venganza al sentido de justicia.

Por: Zulema Alanes B.

Javier acaba de cumplir 24 años y lleva más de dos años en la cárcel. Fue aprehendido por sustraer dos celulares, un delito de bagatela que la fiscalía tipificó como robo agravado, y cumple detención preventiva desde diciembre del 2015. 

"Sabes cuándo entras a la cárcel, pero no sabes cuándo vas a salir", afirmó.

Muy cerca de él otro preso con detención preventiva asintió con la cabeza. No quiere dar su nombre porque “toman represalias, peor si eres extranjero”. En el sector de “población”, en el primer patio de la cárcel de San Pedro, hay muchos ojos y oídos atentos a lo que hacen o dicen las visitas. Por eso el diálogo se realizó en voz baja. Un tercer preso advirtió “lo que se diga aquí, es confidencial”.

La visita a la cárcel permitió confirmar lo ya conocido. Siete de cada 10 personas privadas de libertad purgan condena sin sentencia, aguardan por años en detención preventiva que la justicia defina si son inocentes o culpables.

El 2017 una coalición de instituciones de la sociedad civil presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) un informe sobre la situación de los derechos humanos y el acceso a la justicia de la población privada de libertad que denuncia el uso excesivo de la detención preventiva, el primer eslabón del hacinamiento carcelario y la retardación de justicia, serios obstáculos para el debido proceso en el sistema penal boliviano.

A marzo del 2018, la situación no ha cambiado.

"Existen 18 mil personas privadas de libertad en recintos penitenciarios con capacidad para cinco mil, 270% más de lo que pueden soportar precarias estructuras, en los juzgados hay cientos de miles de expedientes que representan el 70% de mora procesal", detalló Susana Saavedra, directora de la Fundación Construir.

Según Saavedra, detrás de estas cifras se esconden los problemas estructurales de la administración de justicia, como "la falta de independencia, las restricciones presupuestarias pues el TGN destina menos del 1% del presupuesto general a justicia, el Estado ha reformado las normas pero no ha transformado las instituciones, menos del 50% de las regiones del país tiene asientos judiciales y fiscales, cuando la gente demanda justicia se da una respuesta de mano dura contradiciendo reformas penales de corte garantista".

LA CORRUPCIÓN CONDENA A PERSONAS INOCENTES

Hace cinco años, Rosario Baptista, abogada penalista, irrumpió en las cárceles de La Paz para realizar un estudio sobre prisión preventiva y derechos humanos y se topó con hallazgos impactantes. 

"Los presos que no tienen ni idea de sus procesos, prácticamente no han visto nunca a su abogado, otros que ni siquiera tienen un abogado, personas que hace 4 o 5 años no han tenido una audiencia, ni saben siquiera que deberían tenerla", señaló Baptista.

Tajante y conclusiva afirmó que lo que detectó hace cinco años no ha cambiado a la fecha. “Muchos están resignados a la idea de que nunca van a salir de la cárcel aunque sean inocentes, la corrupción condena a gente inocente (…) es un sistema altamente corrupto en el que los delitos tienen precio”.

Baptista dejó de litigar porque "creo que hemos perdido la batalla ética contra el sistema". En su opinión se renuevan una y otra vez los mecanismos para perpetuar la injusticia. El indulto, por ejemplo, tiene como condición acogerse a un proceso abreviado “que no significa otra cosa que reconocer haber cometido un delito, inculparse para salir de la cárcel porque si pretenden demostrar su inocencia es posible que fracasen en el intento”.

Fue categórica al afirmar que la prisión preventiva es la punta de un iceberg sostenido en la base por todos los factores que vulneran el debido proceso y que infringen el derecho a ciertas garantías mínimas para asegurar un resultado justo y equitativo.

Vea el siguiente video que explica más detalles de este problema.

SER MUJER, JOVEN, ADOLESCENTE O INDÍGENA EN CONFLICTO CON LA LEY

Internas de San Sebastián Mujeres de Cochabamba.  Foto: Diario Opinión 

Adolescentes, jóvenes, indígenas y mujeres sufren con mayor rigor los obstáculos para el acceso a la justicia y son víctimas de exclusión y discriminación en el sistema penitenciario. Los factores de vulnerabilidad se acrecientan porque además de su condición de género, generacional o étnica, enfrentan una situación de pobreza.

En el caso de las mujeres, la mayoría son jefas de hogar, pero cuando son privadas de libertad el mundo que intentaron sostener aun desafiando la ley se desmorona en un abrir y cerrar de ojos. 

"Sus familias se desintegran, sus parejas las abandonan, sus hijos son repartidos, no pueden acreditar domicilio porque el espacio habitacional que ocupaban ya no existe, cuando las mujeres entran en conflicto con la ley son una vergüenza para la familia, todos las abandonan y al final quedan ellas en el recinto penitenciario", relató la abogada Marisol Quiroga, quien brinda defensa legal gratuita a mujeres en situación de vulneración de derechos en el acceso a la justicia.

Aseguró que tras varios años de trabajo no le queda duda que “los tribunales y las cárceles amplifican las inequidades de género”.

De los 61 recintos carcelarios existentes en el país, ocho son habitados por mujeres, pero sólo cuatro fueron construidos exclusivamente para albergar a población femenina, dos son estructuras adaptadas para la convivencia mixta.

El hacinamiento también afecta a las mujeres privadas de libertad, pero su mayor preocupación es la situación de sus hijos e hijas que comparten el encierro con ellas, un problema que en opinión de Quiroga “no se resolverá sacándolos de las cárceles, sino con medidas para que sus madres no ingresen en privación de libertad, más aún por delitos de escasa relevancia social”.

La Defensoría del Pueblo precisó en 2012 que la recurrente amenaza de separar a las mujeres privadas de libertad de sus hijos representa "una forma de tortura". Y desde la práctica cotidiana, la abogada Arleti Tordoya del equipo jurídico de Mujeres Creando en Santa Cruz, aseguró que el impacto del encarcelamiento en la vida de las internas y sus familias no es tomado en cuenta cuando se ordena su detención preventiva o se incurre en retardación de justicia.

Aún más, aseguró que la prisión preventiva “criminaliza doblemente a las mujeres porque es un resorte de la corrupción del sistema, las mandan a la cárcel y las extorsionan, como no pueden pagar quedan atrapadas en la retardación de justicia”.

El Mapa Socio Jurídico de Mujeres Privadas de Libertad brinda datos sobre los múltiples problemas que enfrentan y, entre otros, menciona que el alto porcentaje (90%) de trabajo por cuenta propia terminará jugando en su contra debido a que la estabilidad laboral es uno de los requisitos para demostrar arraigo y desvirtuar el peligro de fuga. 

Otro de los factores que las hace más vulnerables a la detención preventiva es que no cuentan con documentos de propiedad o contratos de arrendamiento de un inmueble, o no pueden demostrar una familia constituida porque son madres solteras, divorciadas o viudas. El sistema no perdona, muchas mujeres embarazadas y con lactantes no se benefician de la prisión domiciliaria.

En más de una década de trabajo en Bolivia, Roberto Simoncelly fue testigo de importantes cambios en el sistema que sanciona los delitos juveniles. Dirige ProgettoMondo Mlal y conoce de cerca los avances y retrocesos del sistema penal y aunque considera que el Código Niño, Niña, Adolescente es una de las reformas más progresistas, no sólo de Bolivia sino del mundo, ya no le queda duda que los avances normativos se han estancado porque persiste una tendencia a utilizar la prisión como el primer recurso para encarar los problemas derivados de la delincuencia juvenil.

Las cifras muestran que la prisión preventiva juvenil ha disminuido al 45% a nivel nacional, pero este promedio global oculta otras realidades locales. En La Paz, por ejemplo, sólo el 20% de los adolescentes tiene sentencia, el 80% cumple detención preventiva, en muchos casos por más de dos años cuando la ley establece un periodo máximo de seis meses.

Para Simoncelly la detención preventiva "conlleva un problema de trato degradante e inhumano" que sólo se explica por la “falta de formación de las autoridades de justicia para adolescentes que no sólo desconocen completamente las normas, sino que están incurriendo en incumplimiento de deberes”.

¿JUSTICIA O VENGANZA? EL DILEMA DE LA SOCIEDAD

Dos jóvenes acusados de asesinar a un compañero durante su audiencia cautelar.  Foto: Diario El Deber

"La detención preventiva es una medida excepcional que se está aplicando como regla general" afirmó Simoncelly y, en su criterio, esto también se debe a que “como sociedad somos fuertemente punitivos y tenemos interiorizado adentro de nosotros el sentido de justicia como si fuera un sentimiento exclusivo de venganza”.

La prisión preventiva es un espejo de lo que pensamos como sociedad, “por eso no nos escandaliza, porque en nuestra mentalidad punitiva penamos que más cárcel nos garantiza más seguridad” puntualizó.

Y no titubeó al afirmar que esa expectativa está totalmente alejada de la realidad. “Más cárcel, genera más inseguridad” dijo, y recordó la frase que se hizo popular en la Gran Bretaña de Margaret Tatcher: “las cárceles son sistemas muy costosos para convertir gente mala en gente peor”.

La disyuntiva entre justicia o venganza no despeja los temores de la gente y, al contrario, suele servir de excusa a los administradores de justicia que en teoría saben que la regla general que se deriva de la presunción de inocencia es que para que alguien pueda ser privado de libertad se requiere una sentencia condenatoria en su contra.

Y si lo saben, ¿por qué la detención preventiva se aplica una y otra vez, una y otra vez? Jueces y fiscales se dan de topadas entre sí. Los primeros apuntan a los segundos, y ambos, se excusan en “la presión social”.

El fiscal departamental de La Paz, Edwin Blanco admitió que la norma es clara y establece que la regla es la libertad y la detención es la excepción, pero a continuación alegó que “existe mucha presión social” y que “la ley prevé la figura de la cesación que debe ser activada por los abogados de la defensa”.

La jueza cautelar de Santa Cruz, Carla Añez Méndez, reconoció que se privilegia la privación de libertad como forma de castigar un delito. Sabe que debería ser la excepción "pero la sociedad cree que sólo encuentra justicia si se detiene a una persona, ese paradigma debe cambiar en la sociedad".

Para Simoncelly , esos argumentos no son consistentes porque la privación de libertad es una medida que los fiscales pueden solicitar y que los jueces deben aplicar. "No estoy contra la privación de libertad sino contra el abuso de la privación de libertad", dijo.

Y la abogada Baptista  fue incluso más allá y planteó que detrás del uso excesivo de la detención preventiva se oculta una “cadena de corrupción” que empieza con el policía, continúa con los fiscales y se sella con los jueces. “Un sistema que tiene presos perdidos en una cárcel está diciendo muy mal de los que controlan el sistema y mucho más de quienes hacen el control jurisdiccional”.

ALERTA GLOBAL EN TORNO A LA JUSTICIA 

Foto: mundoejecutivoexpress.mx

Para la CIDH el uso arbitrario, sistemático y sostenido de la prisión preventiva constituye una grave vulneración de derechos humanos. En julio de 2017, en su Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas realizó un llamado urgente a los Estados para reducir esta medida cautelar y atender los problemas de diseño legal, las deficiencias estructurales en la administración de justicia y las amenazas a la independencia judicial.

El informe alertó que se trata de un problema común a todos los países de la región –aproximadamente 5,3 de cada 10 personas se encuentran privadas de libertad a la espera de una sentencia que defina su situación jurídica­– pero que la situación es más grave en algunos países como Paraguay, Venezuela y Bolivia en los que la cifra es igual o mayor a 7 personas por cada 10 recluidas con detención preventiva.

Además, observó que entre los problemas graves que trascienden a los sistemas penales y penitenciarios de la región está la ausencia de medidas efectivas para la protección de grupos vulnerables que enfrentan mayores desventajas para un acceso igualitario a la justicia, pues además son víctimas de exclusión social.

LA CIDH tomó nota de los reportes de la sociedad civil que advierten que en Bolivia detrás de las rejas del sistema carcelario rige un sistema de exclusión y discriminación.

La directora de la Fundación Construir dijo que las observaciones de la CIDH al Estado boliviano son consistentes con los problemas que se advierten en los 61 recintos penitenciarios del país, 19 urbanos y 42 carceletas rurales, que registran una tasa de hacinamiento que va desde 140% en San Sebastián mujeres hasta 900% en Palmasola varones, y un promedio nacional de 290%.

Además de la precariedad de la infraestructura penitenciaria y del hacinamiento, Saavedra puso acento en el presupuesto destinado a justicia que nunca ha llegado al 1% del total de la asignación presupuestaria del TGN. En cambio el Ministerio de Gobierno percibió en promedio más del 17% del presupuesto general, pero asignó sólo el 0,47% al sistema penitenciario que está bajo su dependencia, "lo que evidencia que invertir en justicia no es tema de prioridad para el Estado".

El Estado provee un prediario de Bs. 8 por cada persona privada de libertad, que además de ser insuficiente para cubrir la alimentación y otros gastos de mantenimiento de los recintos carcelarios no se desembolsa oportunamente. 

La Pastoral Penitenciaria reportó que en varias oportunidades, especialmente en las ciudades y comunidades rurales alejadas de la sede de Gobierno, la mora de los desembolsos del prediario ha superado los 3 meses y "aun del apoyo de voluntarias que recolectan víveres en los mercados en recintos penitenciarios de Trinidad, Riberalta, Guayaramerín, Cobija se ha llegado al extremo de recolectar deshechos de la basura para alimentar a los presos".

Además de los problemas derivados de las restricciones presupuestarias, Saavedra mencionó otras causas estructurales como las reformas de tipo punitivo, las debilidades estructurales en la administración de justicia y la ausencia de mecanismos que garanticen una justicia imparcial e independiente.

Aseguró que en tanto esos problemas no sean resueltos, la justicia penal en lugar de ser un espacio para obtener reparación, será un escenario en el que se continuarán reproduciendo de forma crítica la violencia sistémica e inequidades sociales.

Según Saavedra se han dado avances normativos pero han resultado insuficientes y en perspectiva de resolver los problemas estructurales del sistema de justicia penal es necesario tomar en cuenta que "el principio de presunción de inocencia se deriva también, como lo ha establecido la CIDH, la obligación estatal de no restringir la libertad del detenido más allá de los límites estrictamente necesarios para asegurar que no impedirá el desarrollo eficiente de las investigaciones y que no eludirá la acción de la justicia. Pues la prisión preventiva es una medida cautelar, no punitiva". 

CRÉDITOS

Investigación y redacción: Zulema Alanes B.

Corresponsales: Mercedes Fernández, Santa Cruz

                           Carmen Julia Luján, Cochabamba

                           Cleydi Torres, Sucre

Edición digital: Arnold Guachalla L.

                          Carmen Julia Luján

Esta investigación se realizó en el marco del proyecto Periodismo Judicial con Enfoque de Género y Derechos que implementó la Agencia de Noticias Fides (ANF) con el apoyo de Fundación Construir.