#ElEditordelaSemana_9

Violar el derecho ajeno en nombre de la libertad de expresión.

La fotografía publicada del cuerpo de la periodista Anabel Flores atentó contra su dignidad: ONU

El cadáver de la periodista fue hallado el 9 de febrero pasado luego de que fuera secuestrada en su domicilio en Orizaba, Veracruz. Ese mismo día, más de una decena de medios de información y periodistas a través de medios sociales difundieron la imagen de su cuerpo torturado, atado y semidesnudo, tirado a un lado de la carretera.

La exhibición de la foto representó una violación a su dignidad, de acuerdo con un comunicado de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas y de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres).

La imagen, que solamente en el muro de Facebook de una periodista se compartió más de 100 mil veces, representó además convertir a Anabel Flores Salazar en víctima de quienes difundieron la fotografía.

La excusa de quienes han utilizado la imagen ha sido basada en los mismos argumentos: la libertad de expresión y el derecho a la información. Sin embargo, ambos preceptos son violados y se abusa de su ejercicio en perjuicio de la dignidad de la periodista.

Según el consultorio de Ética de la Fundación para el Nuevo Periodismo Iberoamericano, no hay mucho margen para la excusa de la "libertad de expresión" en el caso:

De la revisión del enlace enviado por @EticaSegura a #ElEditordelaSemana se extrae lo siguiente, que deja bien aclarado el asunto:

"Mostrar el asesinato de alguien no aporta nada, sólo unos escalofríos que la desgracia proporciona a los espectadores ávidos, que juegan a provocarse el miedo para sentir que están muy vivos. Los espectadores no obtendrán información suplementaria; mirar la tortura o el asesinato de alguien en directo, puede desestabilizar, repugnar; dejar indiferente, excitar, pero en ningún caso informar sobre la realidad".

La imagen fue reproducida en los sitios web de Proceso, Emeequis, Aristegui Noticias y Regeneración, entre otros, además de la cuenta de Facebook de la periodista Sanjuana Martínez. En este último, el post había sido compartido 100 mil 615 veces. Es decir que la imagen se reprodujo en esa misma cantidad. 

Emeequis y Aristegui Noticias retiraron la imagen. Hasta el momento de la redacción de este #EditordelaSemana, Proceso, Regeneración y la cuenta de Martínez mantenían la imagen vigente.

No es lo mismo aprehensión que presentación. Cuando se desconoce de términos legales, se informa erróneamente.

Imagen: sitio web Emeequis

A la revista Emeequis y a sus redactores se les pasó un pequeño detalle en el encabezado de una nota que forma parte del seguimiento a la investigación que la Procuraduría General de la República en México realiza para determinar si existe una asociación delictuosa entre el líder del Cártel de Sinalona, Joaquín Guzmán Loera y la actriz mexicana Kate del Castillo.

La actriz ha sido llamada por la PGR para que solamente se presente a declarar y aporte información y después pueda retirarse hasta nuevo aviso de la autoridad en caso de requerirse de nuevo su presencia. 

El término presentación, dista mucho de aprehensión.

En el segundo, tiene que ser además a través de una orden otorgada por un juez e implica una acción de control específica: la persona sobre quien pesa la orden, debe ser detenida y llevada ante las autoridades por un tiempo determinado en el que se establece su situación jurídica.

En este caso, el encabezado solamente exalta las posiciones dispares y encontradas entre la opinión pública sobre si Kate del Castillo debe o no ser investigada por la PGR, con lo cual, más que aportar a, afecta la discusión del tema.

Una debatible invasión a la intimidad, con un pobre desempeño periodístico

Es cierto que la ahora ex pareja se había colocado en el espacio de lo público cuando decidió exponer su unión legal a los medios de información. Sin embargo, posteriormente salió de ese escenario y se ubicó de nuevo en el ámbito de lo privado.

Eso podría ser debatible, así como el hecho de que el contenido de la nota informativa es extraído de la publicación hecha por una de ellas en Facebook, lo cual podría considerarse como un elemento que permite su abierta difusión.

No obstante ambos puntos a revisar -ya que sus condiciones, límites y consecuencias no son precisamente claras-, sí es pertinente señalar la publicación porque más allá de reproducir el post en Facebook no hay contacto con la propietaria de la cuenta, ni con su ex pareja. Es decir, no existe una indagación mayor respecto de las causas y sobre si existe el interés de difundir el hecho de forma masiva.

Hecha de esta forma, la publicación puede generar una desviación en el debate sobre los derechos de las personas que forman parte de la comunidad de la diversidad sexual a establecer contratos matrimoniales, que siguen siendo descalificados por algunos sectores de la sociedad aun cuando son una garantía expresa en su derecho a la no discriminación establecido eh la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

#ElEditordelaSemana es un proyecto de RST (ReporteroSinTecho)

*Agradecemos a todos quienes voluntaria e involuntariamente colaboran proporcionando el material para este proyecto... momento, no, a algunos en realidad no les agradecemos.